ALGUNOS LOGROS SINDICALES ANFDGAC

Nuestra Asociación se ha caracterizado por su imperecedera lucha por los derechos laborales de las y los funcionarios de la DGAC, en particular de nuestros socios y socias. Hemos estado para las diferentes necesidades y demandas, tal como se pueden reflejar dictámenes de la Contraloría General de la República que dan cuenta de la importancia de nuestras victorias sindicales en post del bienestar de nuestros asociados y asociadas.

Reconocimiento y Pago de Horas Extras

Una de nuestras primeras conquistas sindicales, fue el reconocimiento y pago de las horas extraordinarias para los funcionarios DGAC. Fue así como en 1993 se interpuso la primera demanda en tribunales, denunciando al Director General de la época de prevaricación, es decir, por el delito que consiste en que una autoridad, juez u otro servidor público dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial a sabiendas de que dicha resolución es injusta y contraria a la ley.

Frente esta situación la ANFDGAC llega a un avenimiento con la DGAC retirando la demanda logrando el reconocimiento y pago de las horas extras hasta los días de hoy.

Derecho de Alimentación para las Madres de Hijos Menores a 2 Años

Fue así como en el año 2014, logramos consolidar que las trabajadoras pudiesen disponer de, al menos, una hora al día para dar alimento a sus hijos menores de dos años, con las opciones de ejercer ese derecho en tres modalidades: En cualquier momento de la jornada laboral, dividiendo en dos ese tiempo, y postergando o adelantando en media hora, o una hora, el inicio o el fin de la jornada de trabajo.

Luego en 2017 la ANFDGAC logró que se respetara el derecho a la alimentación para las funcionarias que se desempeñan en sistema de turnos rotativos en las jornadas de fin de semana y festivos, y que se ratificara el permiso de lactancia para nuestras compañeras, las que desde ese entonces puedan ocupar ese derecho como prefieran, donde se incluyó incorporar el tiempo de traslado a sus hogares en el caso de concurrir dentro de la jornada laboral.

REF.: Nº 277.250/16; GRV 183.511/17 de fecha 21.JUN.2017.
Dictamen Nº: 09769N14 de fecha 17.DIC.2014.

Eliminación de Prioridad según Grado para Asignación de Casas de Centros Recreacionales

Hasta el año 2015 Bienestar Social de la DGAC, tenía establecido como criterio para la postulación y asignación de las casas de los centros recreacionales, que sólo podían acceder a éstas los funcionarios de las plantas Directiva y Profesional cuyos grados fueran mayor 7; frente a esto la ANFDGAC interpuso una reclamación en la Contraloría General de la República aludiendo a la falta de igualdad ante la ley, logrando así eliminar este requisito arbitrario y discriminativo dispuesto por el Jefe de Bienestar Social de aquel entonces.

Gracias a ello, hoy en día todos los funcionarios que conformamos la DGAC tenemos igualdad en derecho para postular a los inmuebles de los centros recreacionales sin distinción de planta o grado.

REF.: Dictamen Nº: 000435N15 de fecha 05.ENE.2015.

Cumplimiento Ley Nº 19.296

Durante el año 2014, la ANFDGAC realizó una reclamación a contraloría por el incumplimiento por parte de la DGAC de la ley de asociaciones, Ley Nº 19.296, en lo que respecta al uso, cesión y acumulación del fuero sindicar por parte de los dirigentes que la conforman, como también por aquellos que integran federación o confederación, logrando un dictamen a favor por parte de la Contraloría General de la República teniendo la DGAC dar cumplimiento a lo establecido en la ley, consolidando el fuero sindical y la libertad sindical.

REF.: Dictamen Nº: 006800N14 de fecha 28.ENE.2014.

Cumplimiento Artículo 208 del DFL Nº 1 de 1997

El año 2014, la ANFDGAC y a raíz de la demora en la tramitación y el pago de la pensiones de los socios que se jubilaban en ese entonces por CAPREDENA, solicita a la Contraloría General de la República un pronunciamiento acerca de la legalidad de la duración de la tramitación de los expedientes de retiro de sus afiliados por parte de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, el que en la práctica excedía los 90 días establecidos en la ley, generando un perjuicio a los funcionarios que gestionaban sus pensiones de retiro.

Sobre esto en particular, la Contraloría General de la República oficia a la CAPREDENA indicando que se deben tomar las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la ley y que deberán ajustarse al cumplimiento de los 90 días ahí establecidos para ello.

Mal Uso de Descansos Complementarios por Parte de la DGAC en Período de Pandemia

Durante la pandemia de COVID-19, la DGAC exigió al personal usar sus horas de descanso complementario para justificar las ausencias generadas por la disminución considerable de las operaciones aéreas y la reducción de los horarios de funcionamientos de las unidades.

Por este motivo, la ANFDGAC ingresó una reclamación a la Contraloría General de la República aludiendo a que esta medida arbitraria no se encontraba en derecho, teniendo la DGAC rectificar aquello y utilizar otras alternativas como trabajo remoto o eximir de la asistencia de los funcionarios al servicio, pero en ningún caso ordenar a los funcionarios el uso de descansos complementarios por falta de demanda.

REF.: Dictamen Nº E170195 de fecha 30.DIC.2021.

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